Registro Abierto Permanente de solicitantes de vivienda y alojamientos dotacionales de EMVIALSA
La Empresa Municipal de la Vivienda de Alcobendas, con el fin de reducir y simplificar los trámites que deben realizar los ciudadanos de Alcobendas para participar en futuras convocatorias de adjudicación de Programas de Viviendas y Alojamientos Dotacionales en el municipio, ha acordado continuar con un Registro abierto y permanente de solicitantes de EMVIALSA, cuyo contenido regulador se expone en el correspondiente Reglamento.
Los ciudadanos de Alcobendas que cumplan unos requisitos básicos de orden socioeconómico y de arraigo en el municipio se inscribirán una sola vez en un registro de demandantes, y podrán participar en las convocatorias especificas que en el futuro se realicen por EMVIALSA siempre que, por sus circunstancias personales y familiares, puedan tener acceso de forma específica.
La información obtenida permitirá a EMVIALSA conocer las necesidades de vivienda de los ciudadanos de Alcobendas a fin de una mejora en la definición de las futuras promociones incluidas en el Plan municipal de vivienda, a la vez que se establece un sistema de comunicación más directo con los demandantes de vivienda del municipio.
Con carácter general, las personas que cumplan los siguientes requisitos básicos:
• Tener más de 18 años y no encontrarse incapacitado para obligarse contractualmente.
• Estar empadronado en el Municipio de Alcobendas con una antigüedad superior a 3 años en el momento de presentación de la solicitud, o bien acreditar haber estado empadronados ininterrumpidamente con anterioridad al momento de la entrega de la solicitud por un periodo de, al menos, 3 años en el municipio. En caso de no estar empadronado, deberá acreditar que viene desempeñando su actividad laboral principal en Alcobendas de forma continuada, en uno o varios centros de trabajo y con un periodo mínimo de 3 años al día de la presentación de la solicitud, acreditando que su situación laboral es estable.
• Conformar una unidad familiar o de convivencia, de acuerdo con el Reglamento que recoge las condiciones de acceso al Registro Abierto Permanente aprobado por Consejo de Administración de EMVIALSA de 22 de junio de 2022 y modificado por Consejo de Administración de EMVIALSA de 19 de abril de 2023.
• No ser, ni el solicitante ni ninguno de los miembros que vaya a configurar la Unidad Familiar o Unidad de Convivencia en la vivienda solicitada, titular de pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute de otra vivienda en todo el territorio nacional con los límites establecidos en el Reglamento del Registro Abierto Permanente de EMVIALSA
• Que los ingresos de la unidad familiar o de convivencia no excedan del equivalente a 5,5 veces el Índice Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y que además cuente en su caso, con los ingresos mínimos y máximos anuales ponderados que sean requeridos para cada promoción en la correspondiente convocatoria, de acuerdo a la tipología de vivienda y referenciados al IPREM vigente en el momento de la misma.
• Para calcular la Base Imponible de la última Declaración de la Renta, se sumarán, en este caso, los importes de las casillas correspondientes a la Base Imponible General y Base Imponible del Ahorro. En caso de no estar obligado a presentar la Declaración de la Renta, los ingresos familiares se calculan como la suma de las nóminas del último ejercicio fiscal cerrado a 30 de junio.
• El cálculo de 3,5 o 5,5 veces el IPREM, se obtiene a través de la Calculadora de Ingresos Familiares habilitada en el portal Vivienda de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org).
• Se considerarán personas con discapacidad, aquellas personas que dispongan de Dictamen Técnico Facultativo acreditativo del grado de discapacidad. No obstante, la convocatoria de cada promoción especifica podrá establecer cupos de viviendas adaptadas para las personas que acrediten mediante el correspondiente dictamen la necesidad de vivienda carente de barreras arquitectónicas que emiten los Centros Base de Atención a Personas con Discapacidad, que incluya baremo de movilidad.
• Que el solicitante o alguno de los miembros que integran la unidad familiar, no haya estado o esté inmerso en un procedimiento judicial por desahucio por falta de pago o bien conste que tanto éste como alguno de los miembros que integran la unidad familiar figuren como impagados en los siguientes supuestos: impago por un importe igual o superior a tres mensualidades; o bien impago como consecuencia de desperfectos en las viviendas, a partir de un importe de 1000 euros S/IVA.
• Que no haya sido adjudicatario de ninguna vivienda en propiedad en cualquiera de las convocatorias realizadas por EMVIALSA anteriormente.
• No haber ocupado ilegalmente ninguna vivienda propiedad de EMVIALSA.
• Todos estos requisitos deberán cumplirse también en el momento de la formalización de una posible adjudicación de vivienda mediante el correspondiente contrato, acreditando documentalmente que mantienen las condiciones socioeconómicas y el cumplimiento de los requisitos que les permitió optar a dicha convocatoria especifica.
El Consejo de Administración de EMVIALSA, en su sesión celebrada con fecha 22 de junio de 2022, ha aprobado el nuevo Reglamento Regulador del Registro Abierto Permanente de Solicitantes de Vivienda y Alojamientos Dotacionales de EMVIALSA.
De acuerdo con el artículo 9 del nuevo Reglamento Regulador del Registro, se han cancelado todas las suscripciones del Registro anterior, excepción hecha de las correspondientes a los listados de reservas que hubieran resultado en los diferentes sorteos, y que pudieran mantener su vigencia a efectos de nuevas adjudicaciones en su promoción y de las inscripciones realizadas en el último año, que serán incorporadas al nuevo Reglamento.
Si su solicitud ha sido cancelada y esta interesado en figurar en el nuevo Registro, además de cumplir con los requisitos del nuevo Reglamento, deberá enviar un correo electrónico a This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it. indicando su nombre, documento de identidad y confirmando su interés en permanecer inscrito.
* No es necesario certificado digital.
Para las personas que no tengan medios para la tramitación telemática podrán hacer la presentación en las oficinas de EMVIALSA en Calle Carlos Muñoz Ruiz, 7 - local, en los horarios de atención de la oficina.
Se puede descargar la solicitud de inscripción en el apartado Documentación, cumplimentar y entregar en EMVIALSA adjuntando fotocopia del DNI de todos los miembros de la unidad familiar (libro de familia en caso de menores sin DNI, personas con discapacidad aportar documentación oficial acreditativa).
La inscripción tiene que ser entregada por el titular o, si no fuera posible, por persona en su representación mediante el autorización, disponen de un modelo de autorización representante, que se puede descargar en la sección de Documentación.
Normativa:
Reglamento Registro Permanente
Documentos solicitud:
Guía del solicitante
Solicitud (solo válida para su entrega presencial)
Otros:
Modelo autorización representante